RBT - Programa Mi Galpón


Fecha de actualización:16/06/2016
Objetivos
Con el objetivo de impulsar el desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de todo el territorio nacional, mediante el acceso a la unidad productiva propia, el Ministerio de Producción, a través de la Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa bonifica parte de la tasa de interés de créditos otorgados por la “Línea de Financiamiento de Inversiones de Actividades para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Reglamentación Nº 400/23 – Nuevo Tratamiento Especial para la Adquisición o Construcción de Galpones Industriales nuevos y usados”.
Beneficio
Línea de Crédito
Bonificación de Tasas del 4% para Micro o Pequeñas Empresas pagando estas solo el 18% y una
Bonificación de Tasas del 2.5% para Medianas Empresas pagando estas solo el 19.5%.
y un adicional de 2% cuando se presente Garantía de SGR
Con un Periodo de Gracia de Hasta SEIS (6) meses, incluidos en el plazo de la operación.
El plazo en el cual se aplicará la bonificación de tasa no podrá exceder los 5 años.

Las empresas deberán contar con una DECLARACIÓN DE ELEGIBILIDAD emitida por Secretaria de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa para acceder al beneficio de la Bonificación de tasa.

La admisión para acceder al beneficio no se puede realizar en otro organismo que cargue beneficiarios
El otorgamiento del beneficio no se puede realizar en otro organismo que cargue beneficiarios
Límite o rango de monto por beneficio
Desde: 0
Hasta: 7000000
Beneficiarios
Sector Privado
Tamaño de la empresa:
Mediana, Pequeña, Micro, PyME
Forma jurídica:
Unipersonal, Cooperativa, Sociedad colectiva, Comanditaria, SRL, S.A.

Micro Pequeñas y Medianas Empresas (conforme los parámetros establecidos en la Resolución SEPYME Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001, sus modificatorias y complementarias), bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de los sectores económicos, industriales, de construcción o de servicios industriales, que desarrollen la actividad industrial.

Las Cooperativas serán sujeto del beneficio de bonificación de tasa cuando cumplan con los siguientes requisitos:

(a) no superen la facturación límite prevista en la Resolución Nº 50/13,

(b) se encuentren conformadas exclusivamente por MIPyMEs,

(c) sus miembros no se encuentren vinculados ni controlados por una empresa que no sea MIPyME,

(d) no sean cooperativas de servicios, que se encuentran excluidas, (e) ni la cooperativa ni alguno de sus miembros se encuentren registrados o que ejerzan las actividades indicadas en el párrafo precedente.
Temática
Investigación y desarrollo; Inversiones; Infraestructura
Alcance
Sectores Económicos:

Explotación de Minas y Canteras
:
-Extracción de carbon y lignito

-Extracción de petroleo crudo y gas natural

-Extracción de minerales metálicos

-Otras industrias extractivas

-Actividades de apoyo a la minería


Industria Manufacturera
:
-Elaboración de productos alimenticios

-Elaboración de bebidas

-Elaboración de productos de tabaco

-Elaboración de productos textiles

-Elaboración de prendas de vestir

-Elaboración de productos de cuero

-Elaboración de productos de madera

-Elaboración de productos de papel

-Imprentas y editoriales

-Fabricación de productos de hornos de coque

-Fabricación de sustancias químicas

-Elaboracion de productos farmaceuticos

-Fabricación de productos de caucho y vidrio

-Fabricación de productos de vidrio y minerales no metálicos

-Industrias básicas de hierro y acero

-Fabricación de productos metálicos

-Fabricación de equipos electrónicos

-Fabricación de maquinaria

-Fabricación de aparatos de uso doméstico

-Fabricación de equipos automotores

-Fabricación de equipo de transporte

-Fabricación de muebles y colchones

-Industrias manufactureras diversas

-Reparacion de maquinaria y equipo


Suministro de Electricidad, Gas, Vapor y Aire Acondicionado
:
-Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado


Construcción
:
-Construcción de edificios y partes

-Ingeniería civil

-Actividades de construcción especializada

-Servicios jurídicos y de contabilidad

-Servicios y asesoramiento de dirección y gestión empresarial

-Servicios de arquitectura e ingeniería

-Investigación y desarrollo científico

-Servicios de publicidad e investigación de mercado

-Otras actividades profesionales, científicas y técnicas

-Servicios veterinarios


Enseñanza
:
-Enseñanza
Provincias:
El instrumento se encuentra dirigido a todas las provincias
Actividades específicas / Convocatorias / Requerimientos
Gestión para la obtención de la Declaración de Elegibilidad (DE)
La empresa interesada debe completar sus datos y el Formulario de Proyecto disponible, ingresando en nuestro sistema. Una vez registrados los datos de la empresa y completado el Formulario debe enviarlo desde el mismo sistema a la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, para su preevaluación.
En caso que la empresa sea notificada, mediante correo electrónico, que aplica para continuar con la gestión de la DE, deberá presentar la documentación respaldatoria que se cita a continuación, en un plazo de hasta 20 días hábiles contados desde la fecha de recepción de la notificación, ante la Subsecretaría de Financiamiento de la Producción, cita en AV. JULIO A. ROCA 651- PLANTA BAJA- SECTOR 2- CODIGO POSTAL 1067- CABA, a modo de verificar que la actividad económica que el solicitante desarrolla corresponda a los sectores de industria, construcción o servicios industriales.
Documentación Respaldatoria:
Personas Jurídicas o Físicas:
1 - Constancia de inscripción en AFIP firmada por el administrador, presidente o representante legal de la empresa o el interesado en caso de ser persona física.
2 - Testimonio de Escritura Pública para empresas o personas físicas solicitantes conforme modelo correspondiente, redactado por Escribano Público. En caso de que el Escribano no fuere de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá estar acompañado de la legalización del Colegio de Escribanos de la jurisdicción correspondiente.
3 - Informe con carácter de declaración jurada, conforme modelo adjunto al presente, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 275 del Código Penal de la Nación en caso de resultar falsa o incompleta, firmado por el interesado o administrador, presidente o representante legal de la empresa, el cual debe contener una reseña de la empresa, con el detalle de la actividad que desarrolla, citando el domicilio donde realiza la actividad, presentar una explicación clara y concreta del proyecto de adquisición o construcción del galpón industrial, las causas que lo motivan, los beneficios que se deriven de la concreción del proyecto, el monto de la inversión estimado para concretarlo y el monto del crédito a solicitar, el empleo incremental generado y las variables consideradas para dicha estimación. Asimismo deberán incluir en el mencionado informe un punto especial donde indiquen la garantía a ofrecer al Banco, y además mencionar sí se encuentra actualmente en relación comercial con la entidad, indicando en que sucursal opera y en el caso que no, en que sucursal del Banco prefiere operar.
4 - En caso, de tratarse de Persona Física, deberá presentar copia del DNI, certificada por Escribano Público acompañado de la legalización del Colegio de Escribanos en caso de corresponder, o también puede ser certificada por Juez de Paz o Poder Judicial.
Comunicación de la Declaración de Elegibilidad:
La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa realizará la evaluación de la solicitud y la documentación presentada a efectos de declarar la elegibilidad o rechazar en forma definitiva la solicitud presentada.
La declaración de elegibilidad a los efectos de calificar para solicitar un crédito con tasa bonificada por el Ministerio de Producción ante el Banco de la Nación Argentina, será notificada al empresario solicitante y al Banco, a los efectos de que inicie la gestión del crédito ante la sucursal del Banco señalada en la presentación.
Fechas
Fecha de inicio: 01/01/2016
Organismo de aplicación
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE eMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN
Los otorgamientos no se pueden realizar en forma conjunta ( más de un beneficiario en un mismo proyecto )
Datos de Contacto del Programa
Nombre: German
Apellido: Poselski
Domicilio: Av. Julio A. Roca 651
Localidad: C.A.B.A.
Código postal: 1063
Provincia: Buenos Aires
Teléfono: 01143495334
Teléfono alternativo:
E-mail:
Normativa y otros datos
Normas marco y modificatorias :
Ley N° 24467
REs. 82/2012
Res. 92/2013
Res. 353/2014
Decreto N° 159/05 (Reglamento Operativo)
Comentarios Adicionales :
Fecha de vigencia hasta el 31/12/2016

El telefono del Régimen de Bonificación de Tasas es 4349-3900 interno 21442
Atención PyMe
Lunes a Viernes de 10 a 17 horas.