Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR. FOCEM


Fecha de actualización:16/06/2016
Objetivos
Financiar proyectos para promover la convergencia estructural, desarrollar la competitividad, promover la cohesión social, en particular de las economías menores y regiones menos desarrolladas y apoyar el funcionamiento de la estructura institucional y el fortalecimiento del proyecto de integración.
Beneficio
Aportes no reembolsables
Aportes no reembolsables para el financiamiento de proyectos que se enmarquen en alguno de los programas del FOCEM.

Límite o rango de monto por beneficio
Desde: 1
Hasta: 39214248
Beneficiarios

Sector Público:
Unidad de Aplicación: Organismo de gobierno, Instituciones educativas, Empresas con participación estatal
Nivel de gobierno: Nacional, Provincial, Municipal

Organismos públicos pertenecientes al Estado Argentino.
Temática
Desarrollo de proveedores; Desarrollo productivo regional; Inclusión social; Empleo; Infraestructura; Exportaciones; Complejo productivo - Cluster; Turismo; Sanidad
Alcance
Sectores Económicos:
El instrumento se encuentra dirigido a todos los sectores
Provincias:
El instrumento se encuentra dirigido a todas las provincias
Actividades específicas / Convocatorias / Requerimientos
El FOCEM financia proyectos enmarcados en los siguientes Programas:
I Programa de Convergencia Estructural
II Programa de Desarrollo de la Competitividad
III Programa de Cohesión Social
IV Programa de Fortalecimiento de la Estructura Institucional y del Proceso de Integración (éstos pueden ser presentados por cualquier Estado Parte o por la Secretaría del MERCOSUR).
Los proyectos deben ser presentados a la Unidad Técnica Nacional FOCEM (UTNF), que está coordinada por el Sr. Director Nacional de Inversión Pública perteneciente al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. En dicha Unidad participan también otros funcionarios de dicho Ministerio y del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
Los pormenores para la presentación, aprobación y ejecución de proyectos argentinos en el marco del FOCEM están previstos en su Reglamento aprobado por Decisión CMC 01/2010. Un proyecto podrá ser financiado por el Fondo si es propuesto y ejecutado por un organismo público, si comprende gastos de al menos u$s 500.000(excepto con el Programa IV) y si prevé una tasa interna de retorno socioeconómica(para los programas I y II con exclusión de los proyectos de agua potable y cloacas) mayor que la tasa mínima de rentabilidad social, fijada al momento de aprobar el presupuesto FOCEM. El organismo beneficiario se hará cargo de al menos el 15% de los gastos elegibles (aquellos inherentes a la ejecución del proyecto y verificables fehacientemente) y de todos los no elegibles (estudios de viabilidad, proyectos básicos, gastos corrientes de funcionamiento de organismos públicos, pagos adicionales a funcionarios públicos e impuestos).
Fechas
Fecha de inicio: 01/01/2006
Organismo de aplicación
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Los otorgamientos no se pueden realizar en forma conjunta ( más de un beneficiario en un mismo proyecto )
Datos de Contacto del Programa
Nombre:
Apellido:
Domicilio: Edificio Balcarce - Balcarce 186 Sexto piso Oficina 611
Localidad: Capital Federal
Código postal: C1086AAB
Provincia: Buenos Aires
Teléfono: 43495566
Teléfono alternativo: 43495565
E-mail:
Normativa y otros datos
Normas marco y modificatorias :
Normas marco y modificatorias :
MERCOSUR/CMC/DEC Nº 45/04 - Crea el FOCEM
MERCOSUR/CMC/DEC Nº 18/05 - Integración y funcionamiento del FOCEM
MERCOSUR/CMC/DEC Nº 01/10 - REGLAMENTO DEL FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR

Comentarios Adicionales :
Fecha de vigencia: 31/12/2015

El FOCEM está integrado por contribuciones anuales de u$s 100 millones efectuadas por los cuatro países, aportando 70% de ese monto Brasil, 27% Argentina, 2% Uruguay y 1% Paraguay. A estos aportes anuales se le suman los recursos no asignados a proyectos en años anteriores. Estos recursos se distribuyen anualmente en las siguientes proporciones: Paraguay recibe 48%, Uruguay 32% y Brasil y Argentina 10% cada uno.